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      • IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
        Del Asegurado afectado y del beneficiario de pago
      • INFORME MÉDICO
        Reclamación Inicial:
        Formato debidamente requisitado y firmado por cada uno de los médicos tratantes donde se indique si es médico en convenio y/o aceptará nuestro tabulador de honorarios de pago directo, además de detallar procedimiento a realizar, tratamiento indicado y días de atención.
      • Reclamación de complementos:
        El formato se solicita cuando son tratamientos prolongados como quimioterapias, radioterapias, hemodiálisis y administración de medicamentos, etc., con actualización cada 6 meses.
        En programación de tratamientos quirúrgicos, se solicitará en cada evento
      • AVISO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
        Formato debidamente requisitado y firmado por el Asegurado Afectado o Contratante en caso de que el Asegurado sea menor de edad
      • ESTUDIOS DE LABORATORIO O GABINETE
        Interpretación de los resultados de estudios que sustenten el diagnóstico médico
        En complementos se solicitará cuando se haya realizado un nuevo estudio y no fue presentado en reclamación previa.
      • COMPROBANTES DE PAGO.
        Las facturas o recibos sin excepción deberán ser emitidos a nombre del Asegurado Afectado mayor de edad, Contratante y/o Titular de la póliza, deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes y que, en el concepto de cobro se describa los días de atención y/o tipo de servicio.
      • RECETAS MÉDICAS.
        Los medicamentos deberán ser prescritos por el Médico tratante donde se indique el nombre de paciente, duración del tratamiento, dosis exacta y gramaje.
        En complementos deberá actualizarse cada 6 meses
      • ORDEN DE ESTUDIOS.
        La indicación de los estudios a realizar por el Médico tratante podrán ser mencionados en el informe médico y/o receta y deben estar estrictamente relacionados con el padecimiento a reclamar.
      • ESTADO DE CUENTA HOSPITALARIO.
        Debe contener el desglose de montos y conceptos por los días de estancia hospitalaria o servicios.
      • COMPROBANTE DE DOMICILIO.
        Con una vigencia no mayor a 3 meses de antigüedad
      • FORMATO CONOCE A TU CLIENTE.
        Debidamente requisitado que corresponda al beneficiario del pago, puede ser persona física o moral.
        Si el beneficiario del pago es el contratante de la póliza no se requiere este formato.
        En complemento solo se requiere si el beneficiario del pago se modifica
      • FORMATO SOLICITUD DE PAGO «FINIQUITO POR TRANSFERENCIA BANCARIA».
        Deberá presentarse en cada trámite y contener la fecha de la solicitud actual.
      • FORMATO SOLICITUD DE DESGLOSE DE GASTOS.
        Relacionar las facturas y recibos con número de folio fiscal y montos reclamados.
        En trámites complementarios indicar número de siniestro.
      • ESTADO DE CUENTA BANCARIO.
        Copia del estado de cuenta no mayor a 3 meses de antigüedad donde se visualice la clabe interbancaria, nombre del banco y del beneficiario del pago conforme se indica en el apartado de «comprobantes de pago».
      • BITÁCORA DE SERVICIOS.
        Presentar bitácora cuando el tratamiento se prescribe en diferentes sesiones, deberá indicar nombre del paciente, fecha y firma por sesión.
      • COBERTURAS INDEMNIZATORIAS.
        Presentar carta de reclamación emitida por el Contratante, Titular y/o Asegurado mayor de edad en hoja simple con nombre, firma y fecha.
        Coberturas: Ayuda de maternidad en póliza Individual, Gasto funerario, ayuda diaria por hospitalización, etc
      • IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
        Del Asegurado afectado y del beneficiario de pago
      • INFORME MÉDICO
        Reclamación Inicial:
        Formato debidamente requisitado y firmado por cada uno de los médicos tratantes donde se indique si es médico en convenio y/o aceptará nuestro tabulador de honorarios de pago directo, además de detallar procedimiento a realizar, tratamiento indicado y días de atención.
        Reclamación de complementos:
        El formato se solicita cuando son tratamientos prolongados como quimioterapias, radioterapias, hemodiálisis y administración de medicamentos, etc., con actualización cada 6 meses.
        En programación de tratamientos quirúrgicos, se solicitará en cada evento.
      • AVISO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
        Formato debidamente requisitado y firmado por el Asegurado Afectado o Contratante en caso de que el Asegurado sea menor de edad
      • ESTUDIOS DE LABORATORIO O GABINETE
        Interpretación de los resultados de estudios que sustenten el diagnóstico médico
        En complementos se solicitará cuando se haya realizado un nuevo estudio y no fue presentado en reclamación previa.
      • IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
        Del Asegurado afectado y del beneficiario de pago
      • INFORME MÉDICO
        Reclamación Inicial:
        Formato debidamente requisitado y firmado por cada uno de los médicos tratantes donde se indique si es médico en convenio y/o aceptará nuestro tabulador de honorarios de pago directo, además de detallar procedimiento a realizar, tratamiento indicado y días de atención.
        Reclamación de complementos:
        El formato se solicita cuando son tratamientos prolongados como quimioterapias, radioterapias, hemodiálisis y administración de medicamentos, etc., con actualización cada 6 meses.
        En programación de tratamientos quirúrgicos, se solicitará en cada evento.
      • AVISO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
        Formato debidamente requisitado y firmado por el Asegurado Afectado o Contratante en caso de que el Asegurado sea menor de edad
      • ESTUDIOS DE LABORATORIO O GABINETE
        Interpretación de los resultados de estudios que sustenten el diagnóstico médico
        En complementos se solicitará cuando se haya realizado un nuevo estudio y no fue presentado en reclamación previa.
      • IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
        Del Asegurado afectado y del beneficiario de pago
      • INFORME MÉDICO
        Reclamación Inicial:
        Formato debidamente requisitado y firmado por cada uno de los médicos tratantes donde se indique si es médico en convenio y/o aceptará nuestro tabulador de honorarios de pago directo, además de detallar procedimiento a realizar, tratamiento indicado y días de atención.
        Reclamación de complementos:
        El formato se solicita cuando son tratamientos prolongados como quimioterapias, radioterapias, hemodiálisis y administración de medicamentos, etc., con actualización cada 6 meses.
        En programación de tratamientos quirúrgicos, se solicitará en cada evento.
      • AVISO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
        Formato debidamente requisitado y firmado por el Asegurado Afectado o Contratante en caso de que el Asegurado sea menor de edad
      • ESTUDIOS DE LABORATORIO O GABINETE
        Interpretación de los resultados de estudios que sustenten el diagnóstico médico
        En complementos se solicitará cuando se haya realizado un nuevo estudio y no fue presentado en reclamación previa.
      • RECETAS MÉDICAS.
        Los medicamentos deberán ser prescritos por el Médico tratante donde se indique el nombre de paciente, duración del tratamiento, dosis exacta y gramaje.
        En complementos deberá actualizarse cada 6 meses
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      • INFORME MÉDICO
        Reclamación Inicial:
        Formato debidamente requisitado y firmado por cada uno de los médicos tratantes donde se indique si es médico en convenio y/o aceptará nuestro tabulador de honorarios de pago directo, además de detallar procedimiento a realizar, tratamiento indicado y días de atención.
        Reclamación de complementos:
        El formato se solicita cuando son tratamientos prolongados como quimioterapias, radioterapias, hemodiálisis y administración de medicamentos, etc., con actualización cada 6 meses.
        En programación de tratamientos quirúrgicos, se solicitará en cada evento.
      • AVISO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
        Formato debidamente requisitado y firmado por el Asegurado Afectado o Contratante en caso de que el Asegurado sea menor de edad
      • ESTUDIOS DE LABORATORIO O GABINETE
        Interpretación de los resultados de estudios que sustenten el diagnóstico médico
        En complementos se solicitará cuando se haya realizado un nuevo estudio y no fue presentado en reclamación previa.
      • ORDEN DE ESTUDIOS.
        La indicación de los estudios a realizar por el Médico tratante podrán ser mencionados en el informe médico y/o receta y deben estar estrictamente relacionados con el padecimiento a reclamar.

      PARA PROGRAMACIONES ENVIAR AL CORREO:

      programaciones@segurosvepormas.com

      Correos después de las 14:00 horas se recibe con fecha del siguiente día hábil

      Seguros Ve por Más podrá solicitar información adicional en los siguientes casos:

      A) Cuando el Médico Tratante modifique el esquema de tratamiento, podrá solicitarse receta medica y/o informe médico con la justificación del mismo
      B) Resumen médico de evolución del padecimiento y/o historia clínica en forma semestral
      C) En procedimientos que impliquen el uso de materiales especializados, por ejemplo: Cardiovasculares, renales, ortopédicos y otros
      D) Cuando se solicite programación de medicamento proporcionar dirección de entrega y 2 teléfonos de contacto en correo de solicitud
      E) Información complementaria, una vez que se realizó el dictamen médico y administrativo

      Será indispensable presentar los formatos de aviso de accidente y/o enfermedad e informe médico de Seguros Ve por Más, mismos que puede descargar en nuestra página: https://www.vepormas.com/fwpf/portal/documents/seguros-siniestros

      Cumplir con la documentación indicada permitirá a Seguros B×+ dar una respuesta oportuna a su reclamación.
      Horario de Atención: L a V de 9:00 am a 14:00 horas, en Paseo de la Reforma 243, Piso 16., Col. Cuauhtémoc, CD. de México.

      Teléfono de servicio: (01800) 830 36 76

      Preguntas Frecuentes ÚNIKUZ Bx+

      ¿La cobertura de Maternidad Básica y la cobertura de Maternidad Plus son indemnizatorias?

      Sí, ambas coberturas son indemnizatorias.

      ¿La cobertura de Maternidad Básica requiere que se tenga contratado un deducible menor a 20 mil pesos para ser cubierta?

      No, la cobertura de Maternidad Básica se cubrirá bajo las condiciones establecidas aun cuando el deducible contratado sea mayor a $20,000.
      Únicamente para la contratación de la cobertura de Maternidad Plus es cuando aplica la condición de contar con deducible menor a $20,000.
      En caso de tener contratada la cobertura de Maternidad Plus y se requiera cambio de deducible mayor a $20,000, este cambio aplicará si y solo si se incluye la baja de la cobertura de Maternidad Plus para cumplir dicho requisito.

      ¿Podrá aplicar anticipo de indemnización de Maternidad Básica o Maternidad Plus?

      Sí, podrá operar el pago anticipado de la indemnización de maternidad, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos:
      La asegurada se encuentre entre la semana 20 y 32 de gestación.
      Se entregue la documentación solicitada por el área de siniestros para la verificación del evento, tales como:
      • Aviso de accidente y enfermedad
      • Informe médico
      • Ultrasonido actualizado que contenga la edad de gestación y fecha probable de parto
      • Se cumplen las condiciones estipuladas en Condiciones Generales, periodos de espera, etcétera

      ¿Puede aplicar pago directo en la cobertura de Maternidad o Maternidad Plus?

      Sí, se tendrá que identificar la asegurada en el hospital en convenio al que ingrese, sin importar el nivel hospitalario. Dicho apoyo, se aplicará en la factura hospitalaria, siempre y cuando ésta cubra el total de la Suma Asegurada, ya que no aplican remanentes.

      En el caso de haber contratado la cobertura de Beneficio Hospitalario VIP, ¿qué sucederá cuando en la entidad no existan médicos en convenio?

      Únikuz B×+ viene acompañado de una estrategia del área de convenios para reforzar la suficiencia de red, sin embargo, tuvo que ser aplazada por la contingencia actual derivada de la pandemia por COVID-19, por lo que de forma temporal y en tanto se regulariza este proyecto y se concluye. En las entidades en las cuales se llegue a utilizar este servicio y no se encuentre el médico de la especialidad requerida para la atención del asegurado dentro de la red, se podrán aplicar los beneficios de esta cobertura, siempre y cuando el médico tratante se apegue al tabulador.
      El resto de las condiciones aplica con base en lo establecido en las Condiciones Generales.

      ¿Qué hospitales pertenecen a la Red Preferente para la cobertura de Beneficio Hospitalario VIP?

      Por el momento se encuentran los hospitales de Grupo Ángeles; es importante verificar a qué nivel pertenece cada hospital, ya que la atención debe ser brindada en hospitales que pertenezcan al nivel hospitalario contratado.

      ¿Qué se considera deporte peligroso?

      Se consideran deportes peligrosos los mencionados a continuación:
      Ciclismo de ruta, ciclismo de montaña, futbol americano, alpinismo, montañismo, rápel, boxeo, lucha libre, rugby, vuelo delta, canotaje, windsurf, motociclismo, paracaidismo, rafting, vuelo ultraligero, equitación, esquí en nieve y agua, hockey, polo, automovilismo, parapente, surf, artes marciales (box thai, full contact, taekwondo, etc.), acrobacias sobre hielo, ruedas y telas, casería, buceo, parkour, etc.
      La lista anterior es informativa y no limitativa, ya que pueden surgir nuevos deportes que pueden considerarse como peligrosos.
      Algunos de estos deportes se encuentran excluidos en el apartado de Exclusiones Generales de Condiciones Generales.

      ¿Ya no se considera práctica amateur si se toman a partir de 3 clases por semana?

      Es correcto. Aplican Condiciones Generales de la póliza.

      ¿El programa de neurorehabilitación cubre a un bebé recién nacido?

      Si se encuentra dado de alta en la póliza, sí queda cubierto.

      ¿El programa de neurodesarrollo cubre únicamente a los nacidos dentro de la vigencia de la póliza?

      Para los programas de neurodesarrollo, se cubrirá exclusivamente a asegurados nacidos dentro de la vigencia de la póliza y cuya madre asegurada haya cumplido con 10 meses continuos en la póliza al momento del nacimiento.

      ¿El programa de neurodesarrollo cubre únicamente a los nacidos dentro de la vigencia de la póliza?

      Para los programas de neurodesarrollo, se cubrirá exclusivamente a asegurados nacidos dentro de la vigencia de la póliza y cuya madre asegurada haya cumplido con 10 meses continuos en la póliza al momento del nacimiento.

      ¿Cuál es la Suma Asegurada para la cobertura de Complicaciones de Embarazo?

      Aplica la Suma Asegurada de la cobertura de básica.

      ¿Cuál es la Suma Asegurada para la cobertura de Circuncisión?

      Aplica la Suma Asegurada de la cobertura básica y únicamente cubre la circuncisión por fimosis.

      Consulta psicológica o psiquiátrica, ¿aplican vía reembolso o citas programadas?

      Ningún tipo de consulta se puede programar. Aplica sólo vía reembolso con previa valoración de procedencia.

      Si las consultas son vía reembolso ¿ya tienen su tabulador correspondiente?

      En caso de proceder aplica tabulador contratado, los tabuladores se encuentran publicados en la página de Seguros B×+.

      ¿Qué pasaría si el asegurado tiene un accidente en una zona donde no hay hospital en convenio?

      En caso de emergencias médicas, si el asegurado recibe atención fuera de su zona, no aplica la penalización de coaseguro, de acuerdo a Condiciones Generales, gastos a cargo del asegurado, apartado cambio de zona, inciso “c”. En caso de atención en hospital fuera de red, se considerará este como nivel hospitalario élite.

      ¿Hasta cuántos días después del accidente de origen se puede ingresar una reclamación?

      Se anexa definición establecida en Condiciones Generales:
      Accidente: acontecimiento imprevisto e involuntario que, ocurrido por una causa externa, súbita, fortuita y violenta lesiona al asegurado, ocasionándole daños corporales que requieran atención médica o causen la muerte. El tratamiento médico o quirúrgico, recaídas, complicaciones y secuelas derivadas de un accidente sufrido por el asegurado se considerarán un mismo siniestro. No se consideran accidentes aquellos casos en donde el primer gasto médico se realice después de los primeros 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha en que ocurrió el accidente que le dio origen.

      ¿Seguirá operando el pago directo en honorarios médicos?

      Sí, para el caso de médicos sin convenio procederá pago directo siempre y cuando el médico se apegue al tabulador.

      ¿Qué tabulador aplica para pago directo?

      Bajo el tabulador contratado.

      ¿En qué cosos aplica pago directo?

      Aplica siempre y cuando:
      • Proceda el proceso de pago directo (programación, aviso, etc.)
      • Los proveedores se encuentren en convenio
      • No se trate de consultas, insumos (aparatos ortopédicos), medicamentos que no sean de alta especialidad y ambulancia aérea
      • Se puede aplicar pago directo aun cuando no se requiera intervención quirúrgica siempre y cuando el servicio sea programado.
      No aplica en estancias menores a 24 horas no programadas

      ¿En qué casos se cubrirán los trasplantes de córnea?

      Cuando sea medicamente necesario, no se trate de padecimiento preexistente y se cumpla con los protocolos y normativas de trasplantes que marca la Secretaría de Salud.

      ¿En los aparatos ortopédicos, los pagos se realizarán directamente a los proveedores o será a través de reembolso?

      Siempre será a través de reembolso.

      ¿Aplica Tope de Coaseguro para robots (método Da Vinci), radiocirugía y terapia endovascular?

      Sí, siempre y cuando el padecimiento se encuentre cubierto, aplicando lo establecido en el apartado gastos a cargo del asegurado de Condiciones Generales. Para estos procedimientos, no aplica la disminución de coaseguro establecido en la cobertura de Beneficio Hospitalario VIP.

      ¿En estudios de laboratorio y gabinete, cómo aplicará el coaseguro en caso de que el cliente decida realizarle los estudios con un proveedor de nivel superior al contratado?

      Cuando la atención se otorga en laboratorio o gabinete de hospital, aplica penalización por atención en nivel superior.

      Para el tema de oxígeno fuera de hospital ¿los 90 días naturales se refieren a los días a partir de la expedición de la receta?

      A partir de que inicia el servicio, una vez que fue dado de alta del hospital.

      ¿La Cobertura de recién nacido cubre enfermedades congénitas, genéticas o que su origen sea dentro del vientre materno?

      En el apartado denominado “Cobertura del recién nacido” se establece la cobertura y derechos para los bebés nacidos dentro de la vigencia de la póliza y que la madre asegurada tenga antigüedad de, al menos, 10 meses con la póliza al momento del parto y el bebé sea dado de alta en los 30 días posteriores al nacimiento.

      Si se contrata la cobertura Medicamentos fuera del hospital ¿qué Suma Asegurada, deducible y coaseguro aparecerán en la carátula de la póliza?

      Aplica la Suma Asegurada, de deducible, coaseguro contratado en cobertura básica, estos aplican por padecimiento. Se especifica en carátula de la póliza.

      En caso de haber una preexistencia declarada y aceptada ¿se puede cobrar extraprima?

      Existen padecimientos preexistentes declarados que pueden tener cualquiera de las siguientes respuestas:
      • Aceptado sin endoso, en este caso el padecimiento se podrá cubrir una vez trascurrido el periodo de espera
      • Aceptado con endoso de exclusión, en este caso el asegurado es aceptado, pero no se cubrirá el padecimiento
      • Rechazado, en este caso debido a los padecimientos, el asegurado no puede ser asegurado por la compañía
      En la presentación de capación de Únikuz B×+ se encuentran los padecimientos que pueden ser evaluados para la contratación de esta cobertura. No aplican extraprimas.

      ¿Se pueden hacer movimientos intervigencia en la póliza?

      Sí, únicamente:
      • Aumento de deducible
      • Aumento de coaseguro
      • Disminución de tabulador
      • Disminución de suma asegurada
      • Disminución de nivel hospitalario
      • Eliminación de coberturas adicionales
      • Cambio de región
      Lo anterior aplica sólo en pólizas que no tengan siniestros abiertos.

      Para los asegurados que cuentan con el producto de GMM Individual B×+ que deseen cambiarse a Únikuz B×+ ¿se le respetan siniestros abiertos?

      No, los asegurados deberán pasar por el proceso de selección de riesgos y en caso de ser aceptados se aplicarán condiciones de negocio nuevo.
      Podrán contratar la cobertura de Reconocimiento de antigüedad para los padecimientos o coberturas en los que se especifique que aplica Reconocimiento de antigüedad, con base en lo estipulado en Condiciones Generales, únicamente para la disminución de periodos de espera.

      Para los asegurados de GMM Colectivo que apliquen el privilegio de conversión a individual, ¿los asegurados se podrán dar de alta en Únikuz B×+?

      No, el privilegio de conversión a individual aplicará contratación únicamente en el producto para GMMI B×+.

      Si contrata la cobertura de eliminación de deducible por accidente, ¿el coaseguro a cargo del asegurado se calcula sobre el importe de la reclamación (hospital + médico) una vez descontado el deducible?

      El coaseguro aplica de acuerdo a la regla general de aplicación de coaseguro siendo: Coaseguro= (Gastos procedentes – deducible)
      *10% coaseguro, en este caso el deducible es cero por lo que se aplica como el siguiente ejemplo:
      Accidente
      Gastos procedentes: $15,000
      Deducible contratado: $20,000
      Coaseguro contratado: 10%

      Si no se cuenta con la cobertura de deducible cero por accidente:
      No procede al no rebasar el deducible
      Gastos a cargo del asegurado: $15,000

      Si se cuenta con la cobertura de deducible cero por accidente:
      Rabasa franquicia por lo que procede:
      Gasto procedente: $15,000
      Deducible: $0 (deducible cero por accidente)
      X % coaseguro: $1,500
      Gastos a cargo del asegurado: $1,500
      Se suman los gastos procedentes por hospitalización, gabinete, honorarios, etc. para determinar el gasto total, el cual debe superar los 3,000 pesos.

      En una póliza nueva (sin reconocimiento de antigüedad), si un padecimiento con periodo de espera se diagnostica antes de cumplir dicho periodo, ¿éste podrá ser cubierto una vez que se cumpla el periodo de espera?

      El padecimiento queda cubierto siempre y cuando haya sido diagnosticado dentro de la vigencia de la póliza, no se cubre ningún gasto erogado durante el periodo de espera.
      En el caso de VIH, de acuerdo a Condiciones Generales no se cubre en caso de diagnosticarse durante el periodo de espera. VIH y SIDA
      Se cubren los gastos por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), siempre y cuando se hayan detectado después del periodo de espera de 48 (cuarenta y ocho) meses.
      No aplica el beneficio de “Reconocimiento de antigüedad” para reducción o eliminación del periodo de espera.

      Para una póliza nueva con Reconocimiento de antigüedad, ¿los padecimientos que hayan iniciado durante los primeros 30 días de vigencia están cubiertos?

      Para pólizas que contraten la cobertura de Reconocimiento de Antigüedad y cumplan con los requisitos para su contratación, no aplicará el periodo de espera de los primeros 30 días, por lo que sí quedarían cubiertos los padecimientos que se diagnostiquen en dicho periodo.
      “Padecimientos que hayan iniciado durante los primeros 30 días de vigencia de la póliza, este periodo no aplica en caso de renovación ni en caso de accidente y emergencias médicas del asegurado”.

      Con respecto al motociclismo, qué criterio aplicaremos: si tengo una mot ocicleta que uso de placer, la utilizo una vez por semana y lo declaro en la solicitud, ¿me cubren accidentes derivados de esta actividad?

      Aplican condiciones generales:
      Exclusiones
      12. Lesiones derivadas de accidentes que el asegurado sufra viajando como piloto o pasajero en motocicletas, motonetas u otros vehículos de motor similares, a menos que el vehículo haya sido rentado con fines recreativos o vacacionales.

      Si una familia que tiene contratada una póliza en el producto GMMI Bx+, requiere separar a uno de sus integrentes de la póliza y contratante por separado su póliza, ¿tiene que hacerlo forzosamente en el plan Únikuz Bx+?

      No, se solicita como separación de pólizas en el producto GMMI Bx+, conservando los beneficios adquiridos en dicha póliza.
      Si desea cambiarse a Únikuz Bx+, puede hacerlo pasando por el proceso de póliza nueva sin reconocer padecimientos que hayan iniciado en la póliza anterior y aplicando reconocimiento de antigüedad únicamente para las coberturas y padecimientos en que las Condiciones Generales de Únikuz Bx+ especifiquen que aplica reconocimiento de antigüedad.

      Para el estado de Jalisco, ¿en qué municipios aplica tarifa de Guadalajara y en cuáles tarifa de Jalisco?

      Municipios tarifa GUADALAJARA:
      Acatlán de Juárez, Amatitán, Chapala, Cocula, Cuquio, El Arenal, El Salto, Guadalajara, Hostotipaquillo, Ixtlahuacan de los Membrillos, Ixtlahuacan del Río, Jocotepec, Juanacatlan, La Manzanilla de la Paz, Poncitlan, San Cristobal de la Barranca, Tala, Tequila, Tizapan del Alto, Tlajomulco de Zuñiga, Tlaquepaque, Tonalá, Tuxcueca, Villa Corona, Zapopan, Zapopan del Rey y Zapotlanejo.
      Al resto de los municipios, se les aplica tarifa JALISCO.

      Aplican Condiciones Generales Vigentes para el producto Únikuz BX+

      ¿Quién es Assist America?

      ¿Quién es Assist America?

      Principal proveedor de asistencia en viajes a través de los programas de beneficios a grupos.

       

      • Se activa en viajes menores a 90 días ya sea de negocios o de placer a más de 75 km de tu lugar de residencia
      • Assist America atiende tu llamado en español las 24 horas del día los 365 días del año
      • Coordinamos el traslado para su atención médica
      • Paga el traslado sin limitar el costo
      • Atiende sin exclusiones geográficas
      • Presta el servicio aun sin se involucró el alcohol
      • En viajes mayores a 90 días al extranjero, solicita la cobertura a expatriados, tiene un costo de $ 80 USD por persona o $ 120 USD por familia

      Descarga la guía Servicios de Asistencia al Viajero

      Roberto Peralta Rössner

      Director América Latina

      rperalta
      @assistamerica.com
      +52 44 2144 8558

      Cobertura dental DENTEGRA

      Seguro de Gastos Médicos Dental Plan Preciso Red Cerrada

      DENTEGRA cuenta con una amplia variedad de Planes Dentales, por lo que antes de usar tu Seguro es importante tomar en cuenta:

      • El Copago que cada beneficio tiene, el cual puede variar por Procedimiento
      • El Límite Anual del Plan Dental Contratado
      • Los Beneficios Cubiertos, indicados en la siguiente lista:

      Beneficios Dentales Cubiertos

      • Servicios Básicos (Evaluación Oral, rayos X, limpiezas, restauraciones con amalgamas y resinas) 20% Copago
      • Procedimientos Quirúrgicos Menores (Extracciones simples y otros Procedimientos menores) 20% Copago
      • Endodoncias (Remoción de nervio dental) 20% Copago
      • Límite Anual por Persona $120,000

      El Copago es una cantidad fija que deberás pagar al Dentista por cada Procedimiento Cubierto por el Seguro y se calcula aplicando el porcentaje indicado al Honorario Máximo que el Dentista de la Red tiene pactado con DENTEGRA. Para consultar el monto del honorario Máximo puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto por los medios indicados al final de este documento.

      El Límite Anual es la cantidad máxima que DENTEGRA cubrirá en cada año de vigencia de la Póliza de Seguro de conformidad con el Plan Contratado. Tú serás responsable de pagar cualquier cantidad adicional a este monto.

      ¿Cómo Agendar una Cita con Dentegra?

      Guía del Asegurado

      Red Dentegra

      Horacio Venegas

      Gerente Regional

      horacio.venegas
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